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Llevar el ambientador colgado en el retrovisor del coche te puede costar 200 euros

Sin título.pngRETROLa multa que te puede caer por llevar el ambientador colgado del retrovisor de tu coche

  • Llevar el ambientador colgado del espejo retrovisor del coche es frecuente, pero también puede acarrear una multa

  • Si este impide la correcta visión o tiene riesgo de caerse, la sanción puede llegar hasta los 500 euros

Salir a la carretera significa ir con los ojos bien pendientes del asfalto y de ti mismo para no cometer ninguna infracción que te reste algún que otro punto del carnet de conducir o que lleve una cuantiosa sanción económica. ¿Lo más normal? Una copita de más que no te tenías que haber tomado, acelerar más de la cuenta, la ITV caducada, una inocente infracción captada por los agentes… Sin embargo, hay cosas de las que no somos conscientes y que podrían acarrear una buena multa, como esa costumbre de colgar un ambientador del espejo retrovisor.

Puede impedir la visibilidad

Eso sí, hablamos de ambientador porque es lo más recurrente, pero también podríamos decir rosarios, llaveros o muñecos. Pero ¿por qué? Es de lo más frecuente ver estos accesorios ahí colgados que son legales hasta cierto punto, porque en el momento en el que interfieren en la visibilidad del conductor también lo hace en la correcta circulación, por lo que puede suponer un peligro y, por tanto, una multa.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico el pasado mes de marzo supone la implementación de algunas medidas inéditas, las cuales pueden llegar a comportar sanciones económicas en caso de cometer según qué infracciones. Por este motivo, una costumbre tan tradicional como llevar colgado un bote de ambientador del retrovisor interior del coche podría acarrear una multa de hasta 200 euros.

Otros problemas

Además, también apuntan que el movimiento al balancearse puede ser peligroso porque supone una distracción o puede golpear al espejo, el cristal e incluso al conductor. Por no hablar de que esos ambientadores pueden ser perjudiciales para la salud, ya que algunos estudios han señalado que a largo plazo pueden ocasionar enfermedades o problemas respiratorios.

Reglamento General de Circulación

Así lo establece el artículo 19 del Reglamento General de Circulación, según el cual “la superficie acristalada del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor, sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos. Solo se permite circular con láminas adhesivas cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias”.

El agente de tráfico será el encargado de evaluar si el ambientador es lo suficiente voluminoso como para impedir la visión del conductor y, consecuentemente, aplicar la multa de 200 a 500 euros.