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COLAPSO EN LAS ITV EN TODA ANDALUCÍA – La DGT decidirá «caso a caso» si archiva las multas de la ITV por tener justificación de cita

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COLAPSO EN LAS ITV EN TODA ANDALUCÍA – La DGT decidirá «caso a caso» si archiva las multas de la ITV por tener justificación de cita

  • Tráfico explica que la orden de archivo de multas a conductores que acrediten que pidieron la cita con antelación a la fecha de expiración queda en suspenso tras el Real Decreto Ley 26/2020, de 7 de julio de 2020 que prorrogó las ITV

  • Miles de conductores están afectados

La Dirección General de Tráfico (DGT) es consciente de los miles de ciudadanos que pueden recibir multas por circular con la ITV caducada porque las citas se están dando con tres y cuatro meses de retraso por el colapso en buena parte de las estaciones.

Sobre la situación de las ITV señala que «seguirá verificando el estado en el que se encuentra los vehículos, pero esa verificación se realizará con la debida observación, teniendo en cuenta la situación que se produce en determinadas provincias y ponderando cada caso concreto». La DGT reconoce que estudiará cada caso concreto de cada conductor afectado por multas derivadas de este retraso de las citas.

Tráfico ha aclarado este pasado martes, que es cierto que se dio una instrucción ordenando que se archiven las multas a los ciudadanos que sean sancionados por circular con la ITV caducada cuando estos puedan justificar documentalmente que pidieron cita para la inspección de su vehículo con antelación al límite de la fecha de caducidad. Así lo firmó el jefe de la unidad normativa de la DGT, Francisco de las Alas-Pumariño Linde.

La DGT precisa que esa instrucción se publicó en junio de 2020 acabado el estado de alarma y sigue colgada en su web. Sin embargo, aclara que el Gobierno aprobó con posterioridad un Real Decreto Ley 26/2020, de 7 de julio de 2020, en el que se prorrogaban las ITV, por lo que Tráfico entiende que «ese Real Decreto Ley, en vigor desde el 9 de julio de 2020, prevalece y deroga cualquier otra disposición normativa que se haya regulado anteriormente respecto a ese tema».

El artículo 29 de ese Real Decreto únicamente dice que «el plazo de validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos cuya fecha de próxima inspección estuviera comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020 y no se hubiera realizado la correspondiente inspección técnica periódica en la fecha de entrada en vigor del presente decreto ley se prorrogará tres meses, a contar desde la fecha de vencimiento del certificado».

Y añade el Real Decreto que «una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de la anterior prórroga, a los efectos del cómputo de la fecha hasta la que es válida la inspección en las tarjetas ITV y los certificados de inspección técnica de los vehículos a los que se refieren los artículos 10 y 18 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, el período de prórroga«.

La instrucción de la DGT

La instrucción de la DGT para «los casos en los que la ITV haya vencido con posterioridad a la finalización del estado de alarma y para aquellas provincias donde se haya acreditado que no es posible atender en plazo las solicitudes de cita para la revisión ITV» dice lo siguiente:

  1. «Se procederá al sobreseimiento del procedimiento sancionador cuando quede acreditado que se dispone de cita para la revisión ITV del vehículo solicitada con antelación a la fecha de expiración que figure en la tarjeta ITV, dejando constancia del motivo en el apartado “observaciones”.
  2. «Se continuarán los procedimientos sancionadores por ITV caducada cuando la cita se haya solicitado con posterioridad a la fecha de expiración que figure en la tarjeta ITV».

La medida se ordenó ante el colapso que están sufriendo no pocas estaciones de ITV en algunas comunidades autónomas. «La capacidad de servicio por parte de las Estaciones ITV varía de unas Comunidades Autónomas a otras, siendo el caso que en algunas de ellas se producen retrasos de varias semanas para la obtención de cita ante el gran número de solicitudes de servicio. Esta situación debe ser ponderada con ocasión de la tramitación de procedimientos sancionadores por ITV caducada», reza el escrito de la DGT.

Y la DGT también admite que tomó esta decisión porque hay muchos conductores que no podrán tener una ITV en plazo. «Se ha constatado que la importante demanda del servicio también va a afectar a muchos vehículos cuya ITV expira tras la finalización del estado de alarma, a cuyos titulares, en ocasiones, les resultará imposible la obtención de cita en una Estación ITV en plazo», señala.

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