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  • Las Policias Locales ya tienen el Real Decreto que regula la jubilación anticipada

Las Policias Locales ya tienen el Real Decreto que regula la jubilación anticipada

Publicado por InfoHuévar En junio 30, 2017 0 Comment
cba5232a61d3b05fc2b6646fd_plataformajubilacionEl Gobierno aprobará próximamente la jubilación anticipada para policías locales

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha remitido a los sindicatos un Real Decreto en el que se establece que el coeficiente reductor para los policías locales que quieran jubilarse antes de la edad ordinaria será del 0,20.

Esto significa que aquellos policías locales que quieran jubilarse de manera anticipada deberán multiplicar por 0,20 los años efectivamente trabajadores como policía local para conocer en cuántos años podrían adelantar la jubilación.

En ningún caso se podrá acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior en cinco años a la edad ordinaria o en seis años en los supuestos en los que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización.

La jubilación anticipada para policías locales se condiciona además a tener cubierto el periodo de carencia de 15 años que se exige para acceder a la prestación y a tener 15 años cotizados como policía municipal.

Con el fin de mantener el equilibrio financiero del sistema, se establece una cotización adicional a la Seguridad Social para el colectivo, que se desarrollará en una futura norma.

En todo caso, Empleo y la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) acordaron el pasado mes de diciembre que el tipo de cotización sería un 10% superior a la cotización actual. De este porcentaje, los Ayuntamientos asumirán un 8,6% y los propios policías el 1,4% restante.

3.200 Policías tienen mas de 60 años

En España hay cerca de 70.000 policías locales, de los cuales 3.200 tienen más de 60 años y 4.000 tienen entre 55 y 60 años.

Desde CSIF, Víctor Martínez, ha expresado su satisfacción por una iniciativa en la que se lleva trabajando desde hace 14 años y muy revindicada por el colectivo de policías locales.

Martínez ha agradecido la disposición mostrada por el Ministerio de Empleo y por todo el arco parlamentario para sacar adelante esta norma. «Sin el apoyo de todos los partidos políticos y del Ministerio esto no hubiera sido posible. Estamos muy satisfechos. Muchos policías nos llaman para darnos las gracias», ha subrayado.

Tras la remisión de este Real Decreto a los sindicatos, se abre ahora el plazo de alegaciones, tras el cual se remitirá el texto definitivo a la comisión técnica y se someterá al dictamen del Consejo de Estado. Una vez cumplidos estos trámites se llevará al Consejo de Ministros para su aprobación, según ha explicado UGT en un comunicado.

Los sindicatos esperan que el Real Decreto no tarde mucho en ser aprobado por el Consejo de Ministros, de forma que pueda ver la luz el próximo mes de julio. No obstante, este Real Decreto no estará vigente hasta el primer día del mes siguiente en que entre en vigor la norma con rango legal que regulará la sobrecotización a los policías locales.

Puede acceder a la pensión de jubilación, el Policía con una edad inferior en 5 años a su edad ordinaria de jubilación, o en 6 años en los supuestos en que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización, y con un máximo para anticipar la edad de jubilación hasta 6 años respecto de la edad ordinaria.

Se entenderán años de cotización efectiva como Policía Local los siguientes:

  • 35 años y 6 meses de cotización efectiva como policía local si el hecho causante de la pensión se produce en 2018 o 2019.
  • 36 años de cotización efectiva como policía local si el hecho causante de la pensión se produce en 2020, 2021 o 2022.
  • 36 años y seis meses de cotización efectiva como policía local si el hecho causante se produce en 2023, 2024, 2025 o 2026.
  • 37 años de cotización efectiva como policía local si el hecho causante es en 2027 o en años posteriores.

La publicación de este Real Decreto supone el penúltimo paso para llegar al justo reconocimiento y equiparación a otros cuerpos policiales.

A continuación se adjunta Real Decreto completo:

Real Decreto Jubilación Anticipada

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Etiquetas CSIFFEMPjubilación anticipadaPolicía LocalReal DecretoReal Decreto Jubilación AnticipadaSPPLBUGT

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