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Andalucía lidera el ránking de sanciones por consumir droga en la calle, con una de cada cuatro multas

Diferentes tipos de drogas

Diferentes tipos de drogas

Andalucía lidera el ranking de sanciones por consumision de drogas en la calle.

La comunidad acumula un 27% del total de sanciones graves. Málaga es la provincia andaluza que lidera la clasificación con casi quince mil multas, quedando Sevilla en cuarto lugar con unas cuatro mil multas.

La comunidad autónoma andaluza registra un 26,9% de las sanciones por infracciones graves a la seguridad ciudadana por drogas en España, convirtiéndose en líder de «consumo en lugares públicos, tenencia ilícita aunque no estuviera destinada al tráfico o abandono de instrumentos utilizados para su consumo». 

Según datos del Anuario Estadístico del Ministerio del Interior de 2014, Andalucía con 44.440 acumuló más del doble de multas que la siguiente en el ranking, la comunidad autónoma de Canarias, con 11,5% y 19.073 multas. Le siguen de cerca Comunidad Valenciana, con un 11,4% y 18.841, y Castilla y León con un 9,1% de sanciones impuestas a nivel nacional, 15.038 multas.Por su parte, la provincia andaluza que ostentó el récord de multas por este motivo el pasado año fue Málaga, al registras una de cada tres sanciones impuestas en Andalucía – 33,6 por ciento -, es decir, 14.930 multas. El segundo lugar lo ocupó Almería, con un 17,9 por ciento, lo que suponen 7.997 multas por este motivo, por delante de Granada, que registró el 17 por ciento de infracciones, con 7.543. A continuación, le sigue Sevilla – nueve por ciento – y Jaén – ocho por ciento -, con 4.049 y 3.552 infracciones por droga interpuestas en dichos lugares, respectivamente. Por su parte, en Córdoba se impusieron el 6,3 por ciento de sanciones, alcanzando un total de 2.821 amonestaciones en toda la provincia. Ocupando el último lugar se encuentran las provincias de Cádiz – 4,2 por ciento – y Huelva – 3,8 por ciento – con 1.857 y 1.691 multas, respectivamente. 

Las sanciones por infracciones graves a la seguridad ciudadana por drogas vienen recogidas en los artículos 23.i y 25 de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en los que se «constituyen infracciones graves el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo».