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PILAS – Cinco años de cárcel para un profesor particular de Pilas por abusar de un alumno de nueve

Juzgados de Sevilla

Juzgados de Sevilla

Cinco años de cárcel para un profesor particular de Pilas por abusar de un alumno de nueve

  • Además, la Audiencia de Sevilla le impone la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima durante una década y una indemnización de 15.000 euros

La Audiencia de Sevilla ha condenado a J.A.M.D., un vecino de Pilas de 50 años de edad, a cinco años y un día de prisión por un delito de abusos sexuales continuados sobre un menor al que impartía clases particulares en su domicilio. Los hechos juzgados ocurrieron durante varios cursos y la víctima comenzó a recibir clases cuando tenía nueve años.

En concreto, desde el mes de octubre de 2011 hasta abril de 2014 el acusado dio clases particulares en el salón de la primera planta de su casa de Pilas al menor cuyos padres denunciaron los abusos. No eran clases individuales porque en las mismas había más alumnos, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico y como así aseguró el propio investigado durante el juicio celebrado a finales de octubre en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

Durante este tiempo el ahora condenado fue granjeándose la confianza del niño, lo que, junto con el respecto que infundía su condición de profesor, fue aprovechado por el acusado para conseguir que el menor, a su requerimiento, accediera a sus peticiones, como sentarse sobre sus piernas para los roces y tocamientos.
La actuación sexual del acusado con el menor fue progresando con el tiempo y cuando se quedaba solo con él los abusos iban a más. No fue un único episodio, sino que se repitieron en numerosas ocasiones durante el tiempo que estuvo el menor recibiendo clases, sin que consten las fechas exactas de su realización.

  • Consecuencias: pesadillas, ansiedad,…

El menor, a consecuencia de estos hechos, sufrió pesadillas, padeció enuresis y temores nocturnos, así como episodios de crisis de ansiedad. Los padres del menor pusieron en conocimiento de la Policía y la Justicia estos hechos en diciembre de 2014. Seis años después llega la condena por un delito de abuso sexual.

En su declaración durante el juicio, el acusado aseguró que «jamás» se quedó a solas con la víctima. Profesor particular y músico, J.A.M.D. lleva toda la vida dando clases particular a clases de diez alumnos, aunque algunos testigos indicaron en la vista oral que eran grupos de menos niños. La línea de la defensa fue demostrar que en la casa donde se impartían las clases siempre había gente. La mujer del acusado, sus hijos o su suegra. Además, que había muchos turnos de clase.

A veces, para conseguir quedarse a solas en su casa con el pequeño, le indicaba que se quedara al finalizar de las clases con la excusa de que no había acabado. Para que el niño no le rechazara en sus obscenas actitudes, el acusado le decía que «era por su bien», según se pudo escuchar durante el juicio, en el que el tribunal conoció del relato del menor como prueba preconstituida. Su declaración fue ante una psicóloga especialista en 2016.

«J.A. me ha agredido sexualmente», le dijo el niño a su madre una noche. Después vino el relato de lo todo lo que recordaba. «Me hacía cosas feas», añadió la mujer en su testifical.

  • No hubo penetración

La Fiscalía consideraba estos hechos constitutivos de un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento sobre menor de edad, por lo que solicitó una condena a doce años de cárcel, inhabilitación especial para ejercer actividades docentes por un periodo de quince años, libertad vigilada durante ocho años y la prohibición de acercarse o comunicarse con el menor. Por su parte, la acusación particular reclamó catorce años de cárcel para el profesor.

Tras la celebración del juicio y la prueba practicada, el tribunal, en una sentencia del 4 de enero, condena a J.A.M.D., por un delito continuado de abuso sexual, concurriendo la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de cinco años y un día de prisión, inhabilitación especial para ejercer cualquier tipo de actividad docente durante ocho años y un día, libertad vigilada por un periodo de cinco años tras salir de prisión. Tampoco podrá acercarse ni comunicarse durante una década con la víctima, a la que tendrá que indemnizar con 15.000 euros.

La diferencia entre la petición de las acusaciones y la condena del tribunal radica en que los tres magistrados no consideran probado que existiera penetración en los abusos sobre el menor, y sí los tocamientos y rozamientos. También aprecia el tribunal el prevalimiento, marcado por la diferencia de edad entre ambos implicados y la condición de profesor del acusado durante tres años sobre el niño, al que se presentaba como una figura de confianza y autoridad.

FUENTE – ABC