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El OPAEF autoriza el fraccionamiento como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma

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El OPAEF autoriza el fraccionamiento fiscal como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma

Como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma, el Presidente de la Diputación y del OPAEF, mediante Resolución nº 332/2020, de 20 de marzo, publicada en BOP de Sevilla nº 70, de 25 de marzo, adoptó una serie de medidas en el ámbito de la aplicación de los tributos cuya gestión haya sido delegada en la Diputación Provincial, a través del OPAEF, con objeto de minimizar el impacto fiscal que, entre ciudadanos y empresas, pudiese conllevar la atención de sus obligaciones tributarias durante la vigencia del Estado de Alarma. Puedes ver o descargar el formulario de fraccionamiento de pago pinchando AQUÍ

Entre las medidas contempladas en la citada Resolución, está la posibilidad de conceder el fraccionamiento, con dispensa de garantía y sin devengo de intereses, de deudas tributarias de vencimiento periódico y notificación colectiva cuyo importe no sea superior a 30.000 € siempre que el mismo se solicite dentro del periodo de ingreso en voluntaria y el pago total se produzca dentro del ejercicio 2020.

Los contribuyentes que así lo deseen, tanto personas físicas como jurídicas, tienen la posibilidad de solicitar a través de la Sede Electrónica del OPAEF su solicitud de fraccionamiento sin intereses, previa autenticación con firma electrónica, clave pin o clave permanente.

Utilizando la aplicación de la sede electrónica, si la solicitud cumple los requisitos indicados y su importe no excede de 6.000 euros, en el mismo trámite se generará la Resolución de fraccionamiento, pudiendo descargarse tanto la resolución como los documentos de pago. Si el importe de la solicitud fuese superior a 6.000 euros, podrá descargarse en el mismo trámite los documentos de pago de las fracciones, si bien la Resolución se remitirá posteriormente al domicilio fiscal.

Quienes no puedan acceder con firma electrónica, clave pin o clave permanente, tienen a su disposición el modelo de solicitud de fraccionamiento (que puedes descargar AQUÍ, el cual podrán presentar por correo postal o presencialmente, bien en las Oficinas de Atención al Contribuyente una vez se reabran, o bien en su Ayuntamiento de la localidad, que lo deberá remitir a este Organismo por intercambio registral.

Este procedimiento es aplicable actualmente tanto a los recibos correspondientes al primer semestre de 2020, puestos al cobro el pasado 4 de mayo, y cuyo plazo de ingreso (y, por tanto, para solicitar el fraccionamiento) concluye el 6 de julio, como para otros períodos de ingreso de recibos de tasas correspondientes al ejercicio 2020 y cuyos plazos de ingreso se han ampliado hasta el 30 de mayo.

El aplazamiento, con carácter general, queda excluido de la citada Resolución, pudiendo solicitarse por el procedimiento ordinario, de igual manera que el fraccionamiento de otro tipo de deudas que no cumplan con los requisitos previstos en la citada Resolución.

Para más información, contacte con la Oficina Comarcal del OPAEF de Sanlúcar la Mayor en el teléfono 955 704 728 o en su Ayuntamiento. También puedes estar informado/a sobre todas las novedades al respecto en www.opaef.es