Como solicitar el cheque familiar 2016

chequePaso a paso todo lo que hay que hacer para obtener esta ayuda de 1.200 euros

Solicita en la Declaración de la Renta el Cheque familiar 2016: cómo solicitarlo (requisitos, documentación, condiciones, familias numerosas).

Conocemos paso a paso todo lo que hay que hacer para obtener esta ayuda de 1.200 euros que desde 2015 pone en marcha el Gobierno.

Desde el año pasado se pueden solicitar los ‘cheques familiares del IRPF siempre y cuando aquellas personas que lo soliciten cumplan con los requisitos y condiciones de esta ayuda de 1.200 euros al año que si no se ha solicitado nunca hasta ahora, se podrá solicitar el pago mensual desde Julio de este año, y las cantidades que no se hayan percibido antes se podrán deducir en la declaración del IRPF que se presenta en 2016.

Por la misma tal y como informó el Gobierno en su momento, se puede percibir de forma anticipada de manera individual o colectiva por cada una de las deducciones a las que tengan derecho los beneficiarios, 100 euros para familias numerosas o monoparentales y 200 euros para familias numerosas de categoría especial. Eso sí, hay que tener en cuenta una serie de condiciones a cumplir para poder solicitarlo y en consecuencia luego presentar una documentación para poder obtenerlo. Las deducciones son acumulables, a excepción de las referentes a familia numerosa y familia monoparental con dos hijos que serían alternativas, y además se calculan en proporción al número de meses en los que se cumplan los requisitos.

En este sentido hay que respoder a la pregunta principal: ¿Quiénes se pueden beneficiar de estos ‘cheques familiares‘? Existen tres variables al respecto:

1. Familias numerosas y con ascendientes y descendientes discapacitados a su cargo.

2. Familias monoporantales con, al menos, dos hijos

3. Pensionistas o parados con prestación por desempleo que tengan a su cargo una familia numerosa o personas con discapacidad.

4. Si dos o más contribuyentes tienen derecho a la aplicación de alguna de las deducciones y hubieran presentado una solicitud de abono anticipado de forma colectiva, se entenderá cedido el derecho a la deducción a favor del primer solicitante, quién deberá consignar en la declaración del impuesto el importe de la deducción y la totalidad del pago anticipado percibido.

Documentación necesaria

Como es habitual en este tipo de trámites, es necesario presentar una serie de documentos obligatorios para obtener el cheque familiar. A saber:

-El modelo 143 (se puede entregar tanto a través de la sede electrónica si se cuenta con el DNI electrónico, como en las sedes de la Agencia Tributaria).

– El título de familia numerosa y el certificado de discapacidad emitido por su Comunidad Autónoma.

– El código IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario.

-La información personal de cada solicitante (NIF)

– Señanar el tipo de deducción a la que el solicitante quiera acogerse (por familia numerosa, por descendientes con discapacidad a cargo…).

¿Cómo solicitar el ‘cheque familiar’?

Hay que saber todos los tiempos de estos plazos que existen para presentar la documentación pertinente:

1. Plazo: desde el pasado 9 de marzo de 2015. Aquellas familias que lo soliciten recibirán con carácter retroactivo las cantidades que se les adeuden desde el comienzo de 2016. El pago anticipado puede solicitarse desde el pasado 7 de enero.

2. Impreso: Rellenar el modelo 143 de solicitud de pago anticipado (pincha aquí)

3.- Una solicitud por cada deducción a la que se pueda tener derecho: en el caso de la deducción por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo, respecto de cada ascendiente o descendiente que de derecho a la deducción podrán agilizar el cobro por Internet o teléfono completando la solicitud ya presentada o, en su caso, sustituyéndola por una nueva.

4.- No se requiere que se acompañe a la solicitud ningún documento justificativo del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Modificaciones

Cualquier variación producida que afecte al cobro anticipado de las deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como, en su caso, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos para su percepción, determinará la obligación de comunicar dichas variaciones en el plazo de los quince días naturales siguientes a aquel en que se hubiera producido la variación o incumplimiento de los requisitos.

Vías de comunicación: a través de Internet o mediante llamada al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Modalidades

1. Modalidad individual. Se presentará una solicitud por cada contribuyente con derecho a deducción. Se abonará al solicitante la cantidad que resulte de dividir el importe que proceda entre el número de contribuyentes con derecho a la aplicación del mínimo respecto del mismo descendiente o ascendiente con discapacidad, o entre el número de ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre que formen parte de la misma familia numerosa, según la modalidad de deducción de la que se trate.

2. Modalidad colectiva. La solicitud se presentará por todos los contribuyentes que pudieran tener derecho a la deducción respecto de un mismo descendiente, ascendienteo familia numerosa. En este caso se deberá designar como primer solicitante a un contribuyente que cumpla, en el momento de presentar la solicitud.

El abono anticipado se efectuará mensualmente sin prorrateo alguno, por importe de 100 euros por cada descendiente, ascendiente o familia numerosa. Dicho importe será de 200 euros si se trata de una familia numerosa de categoría especial.

Modificaciones: Cada mes de enero se podrá cambiar la modalidad de solicitud respecto de cada una de las deducciones.

1. Disposición de número de identificación fiscal válido: Los solicitantes y los descendientes o ascendientes con discapacidad que se relacionen en la solicitud deberán tenerlo.

Vías de presentación

El cheque familiar puede ser presentado de varias formas:

1. De modo presencial: presentando el modelo 143 en papel impreso en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.

2. De manera electrónica: en Internet. Para esta opción hay que poseer un DNI electrónico.

3.- Por vía telefónica al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria: el número es el 901 200 345. A estos efectos, la Agencia Estatal de Administración Tributaria adoptará las medidas de control precisas que permitan garantizar la identidad de la persona que efectúa la solicitud.

Cuantía de las ayudas

Los cheques familares son 1.200 euros al año, 100 euros al mes. La Agencia Tributaria ha abonado ya unos 60.000 cheques familiares, según dijo el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

De este total 51.600 son en concepto de deducción por familia numerosa, 8.300 por descendiente discapacitado a cargo y algo más de un centenar por ascendiente discapacitado.

¿Cuándo se cobran?

1. La Agencia Estatal de Administración Tributaria abonará de oficio de forma anticipada y a cuenta el importe de cada deducción al solicitante.

2. En el supuesto de que no procediera el abono anticipado de la deducción, la Agencia Estatal de Administración Tributaria lo notificará al interesado.

3. El abono de las deducciones de forma anticipada se efectuará mensualmente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante transferencia bancaria, por el importe que corresponda en función de si es una solicitud individual o colectiva.

En definitiva, el cheque familiar que ya ha entrado en vigor se ha convertido en uno de los documentos más solicitados para aquellas persona que están en condiciones de recibir algún tipo de ayuda estatal.

Fuente: El Ideal